Al navegar en cualquiera de las opciones del Modo Clásico de Clickme Social, confirma que ha leído, entendido y aceptado los siguientes Términos y Condiciones para el Modo Clásico de Clickme Social. Si no está de acuerdo con alguno de estos términos, no debe utilizar ninguna de las opciones del Modo Clásico de Clickme Social.
1. PARTICIPACIÓN
1.1. El Modo Clásico de Clickme Social es un programa de fidelización dirigido a anunciantes que adquieran servicios de Publicidad Avanzada, Publicidad Básica ó Publicidad Corriente en Clickme Social, permitiéndoles obtener beneficios gratuitos con los cuales tienen la opción de generar acumulado por realizar determinadas tareas en nuestra Red Social.
1.2. La participación en el Modo Clásico de Clickme Social no genera ningún cobro adicional para los anunciantes, la oportunidad de participar no tiene ningún valor monetario ni comercial y por lo tanto no puede ser vendida ni comprada por ningún medio.
1.3. Sólo se permite la participación en el Modo Clásico de Clickme Social con la cuenta principal del anunciante que adquirió el servicio, no se admite la participación de subcuentas ni se permite ceder la participación a otra cuenta principal.
1.4. Participar en el Modo Clásico de Clickme Social, no le confiere al anunciante título de inversionista, representante, socio, empleado, vendedor ni ningún otro concepto diferente al de anunciante, participante ó cliente. El Modo Clásico de Clickme Social no es un empleo, no es un trabajo ni tampoco una oferta laboral y no debe ser promovido usando ese tipo de ofrecimientos. El Modo Clásico de Clickme Social no es una franquicia, no es una administradora de inversiones, no es un producto financiero, no es un producto de ahorro, no es un esquema de mercadeo multinivel ni red de mercadeo, y no debe ser promovido usando ese tipo de conceptos.
1.5. La Red Social en el Modo Clásico de Clickme Social está orientada únicamente a publicaciones de productos, servicios, negocios y otras ofertas comerciales creadas por los anunciantes. No se admiten comentarios ni publicaciones relacionadas con ocio, entretenimiento, ó aquellos comentarios ó publicaciones que puedan generar polémicas, como temas de política, religiones, difamaciones, spam ó discursos de odio.
2. CATEGORÍA, VIGENCIA Y RANGO
2.1. La Categoría que recibe el anunciante se determina según el servicio de publicidad adquirido, de la siguiente manera:
- Cuando el anunciante adquiere Publicidad Avanzada, recibe sin costo: Categoría Líder.
- Cuando el anunciante adquiere Publicidad Básica, recibe sin costo: Categoría Estándar.
- Cuando el anunciante adquiere Publicidad Corriente, recibe sin costo: Categoría Novato.
2.2. La Vigencia que recibe el anunciante se determina según la cantidad de servicios de Publicidad Avanzada, Básica o Corriente adquiridos en una misma operación, de la siguiente manera:
- Cuando el anunciante adquiere 1 unidad de Publicidad Avanzada, Básica o Corriente, recibe sin costo: Vigencia Mensual.
- Cuando el anunciante adquiere 3 unidades de Publicidad Avanzada o Básica, recibe sin costo: Vigencia Trimestral.
- Cuando el anunciante adquiere 6 unidades de Publicidad Avanzada o Básica, recibe sin costo: Vigencia Semestral.
- Cuando el anunciante adquiere 12 unidades de Publicidad Avanzada o Básica, recibe sin costo: Vigencia Anual.
2.3. Si el anunciante recibe Categoría y Vigencia mientras aún tiene otra Categoría y Vigencia en curso, la Categoría y Vigencia recibidas se colocarán en cola y se activarán inmediatamente después de que finalicen la Categoría y Vigencia existentes.
2.4. El Rango para el anunciante se determina según la cantidad y Categoría de Seguidores que tenga el anunciante, de la siguiente manera:
Categoría del anunciante: Líder | ||||
---|---|---|---|---|
Cantidad de Seguidores: | Vigencia del anunciante: | |||
Mensual | Trimestral | Semestral | Anual | |
- Entre 0 y 1 con Categoría Líder - Entre 0 y 19 con Categoría Estándar |
Rango 1 Estrella |
Rango 2 Estrellas |
Rango 3 Estrellas |
Rango 5 Estrellas |
- Entre 2 y 4 con Categoría Líder - Entre 20 y 49 con Categoría Estándar |
Rango 2 Estrellas |
Rango 3 Estrellas |
Rango 4 Estrellas |
|
- Entre 5 y 9 con Categoría Líder - Entre 50 y 99 con Categoría Estándar |
Rango 3 Estrellas |
Rango 4 Estrellas |
Rango 5 Estrellas |
|
- Entre 10 y 19 con Categoría Líder - Entre 100 y 199 con Categoría Estándar |
Rango 4 Estrellas |
Rango 5 Estrellas |
||
- 20 ó más con Categoría Líder - 200 ó más con Categoría Estándar |
Rango 5 Estrellas |
Categoría del anunciante: Estándar | ||||
---|---|---|---|---|
Cantidad de Seguidores: | Vigencia del anunciante: | |||
Mensual | Trimestral | Semestral | Anual | |
Entre 0 y 1 con Categoría Estándar ó Líder | Rango Bronce |
Rango Plata |
Rango Oro |
Rango Diamante |
Entre 2 y 4 con Categoría Estándar ó Líder | Rango Plata |
Rango Oro |
Rango Diamante |
|
Entre 5 y 9 con Categoría Estándar ó Líder | Rango Oro |
Rango Diamante |
||
10 ó más con Categoría Estándar ó Líder | Rango Diamante |
Categoría del anunciante: Novato | |
---|---|
Cantidad de Seguidores: | Vigencia del anunciante: |
Mensual | |
0 ó más con Categoría Novato, Estándar ó Líder | Rango Mínimo |
3. BENEFICIOS
3.1. Los Beneficios para el anunciante se determinan de la siguiente manera:
Categoría del anunciante: Líder | |||||
---|---|---|---|---|---|
Beneficio | Rango del anunciante: | ||||
1 Estrella | 2 Estrellas | 3 Estrellas | 4 Estrellas | 5 Estrellas | |
MiniAnuncios base (cada día calendario) | 20 | 30 | 40 | 50 | 60 |
MiniAnuncios por cada seguidor Bronce (cada día calendario) | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 |
MiniAnuncios por cada seguidor Plata (cada día calendario) | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 |
MiniAnuncios por cada seguidor Oro (cada día calendario) | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 |
MiniAnuncios por cada seguidor Diamante (cada día calendario) | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 |
MiniAnuncios por cada seguidor Líder (cada día calendario) | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 |
Anuncios base (cada día calendario) | 4 | ||||
MaxiAnuncios cuando un Seguidor adquiere Publicidad Básica | 5 por Multiplicador | ||||
MaxiAnuncios cuando un Seguidor adquiere Publicidad Avanzada | 50 por Multiplicador | ||||
Cambiatón (cada mes calendario) | 8 | 9 | 10 | 12 | 15 |
Categoría del anunciante: Estándar | ||||
---|---|---|---|---|
Beneficio | Rango del anunciante: | |||
Bronce | Plata | Oro | Diamante | |
MiniAnuncios base (cada día calendario) | 2 | 3 | 4 | 5 |
MiniAnuncios por cada seguidor Bronce (cada día calendario) | 1 | 2 | 3 | 4 |
MiniAnuncios por cada seguidor Plata (cada día calendario) | 2 | 3 | 4 | 5 |
MiniAnuncios por cada seguidor Oro (cada día calendario) | 3 | 4 | 5 | 6 |
MiniAnuncios por cada seguidor Diamante (cada día calendario) | 4 | 5 | 6 | 7 |
MiniAnuncios por cada seguidor Líder (cada día calendario) | 5 | 6 | 7 | 8 |
Anuncios base (cada día calendario) | 4 | |||
MaxiAnuncios cuando un Seguidor adquiere Publicidad Básica | 5 por Multiplicador | |||
MaxiAnuncios cuando un Seguidor adquiere Publicidad Avanzada | 25 por Multiplicador | |||
Cambiatón (cada mes calendario) | 2 | 3 | 4 | 5 |
Categoría del anunciante: Novato | |
---|---|
Beneficio | Rango del anunciante: |
Mínimo | |
MiniAnuncios base (cada día calendario) | 0 |
MiniAnuncios por cada seguidor (cada día calendario) | 0 |
Anuncios base (cada día calendario) | 4 |
MaxiAnuncios cuando un Seguidor adquiere Publicidad Básica | 3 por Multiplicador |
MaxiAnuncios cuando un Seguidor adquiere Publicidad Avanzada | 10 por Multiplicador |
Cambiatón (cada mes calendario) | 0 |
Beneficio | Vigencia del anunciante: | |||
---|---|---|---|---|
Mensual | Trimestral | Semestral | Anual | |
Vencimiento de los Beneficios | 30 días | 90 días | 182 días | 365 días |
Vencimiento del acumulado | 2 meses | 6 meses | 1 año | 2 años |
Multiplicador cuando un seguidor adquiere 1 unidad de Publicidad | 1 | 1 | 1 | 1 |
Multiplicador cuando un seguidor adquiere 3 unidades de Publicidad | 3 | 3 | 3 | |
Multiplicador cuando un seguidor adquiere 6 unidades de Publicidad | 6 | 6 | ||
Multiplicador cuando un seguidor adquiere 12 unidades de Publicidad | 12 | |||
Cambiatón (cada 30 días) | 0 | 5 | 10 | 15 |
3.2. La cantidad de MiniAnuncios, Anuncios y MaxiAnuncios disponibles para el anunciante, se calculan cada día calendario cuando el anunciante accede por primera vez en el día a la opción "Tareas" teniendo en cuenta los Beneficios determinados para el anunciante. Todo día calendario en que el anunciante no acceda a la opción "Tareas" no podrá ser recuperado en posteriores fechas, ni sujeto a reclamaciones por parte del anunciante. Cuando el anunciante tenga la opción de Cambiatón disponible, el anunciante estará en la obligación de elegir si acepta la cantidad de MiniAnuncios y Anuncios que fueron calculados, ó si los intercambia por su equivalente exacto en MaxiAnuncios, siendo 1 MiniAnuncio equivalente a 0,05 MaxiAnuncios y 1 Anuncio equivalente a 0,10 MaxiAnuncios. Para el caso de los Anuncios y/o MiniAnuncios calculados y aceptados, el anunciante tiene plazo hasta las 11:59:59 PM de ese mismo día calendario para completar cada tarea individualmente. Para el caso de los MaxiAnuncios, el anunciante puede completar cada tarea individualmente cuando lo desee, teniendo Categoría y Vigencia en curso. En todos los casos la hora de referencia será la de Colombia (GMT -5).
3.3. No existe límite alguno en la cantidad de Seguidores que puede tener un anunciante. El anunciante no debe enviar mensajes no solicitados, ni engañar ó forzar a nadie de forma alguna para que sea su Seguidor. No está permitido el uso de servicios que intenten vender Seguidores. Verificaremos todo tipo de incidentes y podrían resultar en la suspensión de su participación en el Modo Clásico de Clickme Social.
3.4. Mientras un anunciante no tenga ninguna Categoría y Vigencia en curso, sus Seguidores tendrán habilitada la opción de dejar de seguirle y empezar a ser Seguidores de otro anunciante que sí tenga Categoría y Vigencia en curso.
4. ACUMULADO
4.1. Nunca acreditamos acumulado alguno por el solo hecho de conseguir Seguidores, todo acumulado del anunciante se genera por cada tarea completada correctamente, y se determina de la siguiente manera:
- Cuando el anunciante completa correctamente una tarea en el area de MaxiAnuncios: se suman 2000 a su acumulado.
- Cuando el anunciante completa correctamente una tarea de el area de Anuncios: se suman 200 a su acumulado.
- Cuando el anunciante completa correctamente una tarea de el area de MiniAnuncios: se suman 100 a su acumulado.
4.1.1. Cada vez que el anunciante completa correctamente una tarea se guardan en historial todos los datos de la tarea completada, así como la Categoría, la Vigencia, el Rango y la cantidad de seguidores con Beneficios vigentes que tenía el anunciante al momento de completar la tarea.
4.1.2. Es responsabilidad del anunciante, completar las tareas utilizando direcciones IP y dispositivos (computador, celular, tablet, etc.) que no hayan sido utilizados en las últimas 24 horas por otro anunciante para completar tareas. Queda terminantemente prohibido el uso de proxy, VPN ó cualquier otro metodo que oculte la verdadera dirección IP del anunciante con el propósito de engañar al sistema.
4.1.3. El anunciante podrá completar cada una de las tareas únicamente una vez cada día calendario. El acceso a algunas tareas en el Modo Clásico podría quedar bloqueado si, después de completar 5 días calendario desde la fecha de inicio de sus Beneficios, el anunciante no ha utilizado el servicio de publicidad adquirido en el Modo Anunciante.
4.2. El anunciante que tenga Categoría y Vigencia en curso, puede redimir su acumulado por servicios de publicidad en la opción "Tienda" del Modo Anunciante de Clickme Social, de la siguiente manera:
- Publicidad Corriente: Se puede adquirir redimiendo el acumulado, cuando el anunciante no tenga ningún seguidor en Categoría Estándar ó Líder.
- Publicidad Básica: Se puede adquirir redimiendo el acumulado, cuando el anunciante tenga uno ó mas seguidores en Categoría Estándar ó Líder. Se tomará en cuenta exclusivamente el acumulado generado al tener uno ó más seguidores en Categoría Estándar ó Líder al momento de completar las tareas.
- Publicidad Avanzada: Se puede adquirir redimiendo el acumulado, cuando el anunciante tenga diez ó mas seguidores en Categoría Estándar ó cuando el anunciante tenga uno ó más seguidores en Categoría Líder. Se tomará en cuenta exclusivamente el acumulado generado al tener diez ó más seguidores en Categoría Estándar al momento de completar las tareas ó el acumulado generado al tener uno ó mas seguidores en Categoría Líder al momento de completar las tareas.
4.2.1. Una vez el anunciante redima acumulado por servicios de publicidad, tendrá que esperar hasta el mes calendario siguiente para volver a redimir. Cuando el anunciante no tenga ninguna Categoría y Vigencia en curso, no le será permitido redimir su acumulado por ningún servicio de publicidad.
4.2.2. Únicamente se permite redimir el valor total del servicio de publicidad elegido por el anunciante. En caso de que el acumulado sea insuficiente no se admitirán pagos parciales con otros medios.
4.3. El anunciante que tenga Categoría y Vigencia en curso, puede radicar solicitud de canje de su acumulado a través de la opción "Canjear Acumulado" del Modo Clásico de Clickme Social, de la siguiente manera:
- Cuando el anunciante es de Categoría Estándar, deberá tener uno ó más seguidores en Categoría Estándar ó Categoría Líder para radicar la solicitud.
- Cuando el anunciante es de Categoría Líder, deberá tener uno ó más seguidores en Categoría Líder, ó tener diez ó más seguidores en Categoría Estándar para radicar la solicitud.
4.3.1. Una vez el anunciante radique la solicitud de canje de acumulado, Clickme Social procederá a aprobarla ó negarla en un término máximo de 2 días laborales, contados desde el día laboral siguiente a la radicación de la solicitud. Si durante el tiempo de procesamiento de la solicitud el anunciante queda sin Categoría y Vigencia en curso, ó el anunciante ya no tiene la cantidad suficiente de seguidores exigida, la solicitud será negada automáticamente.
4.3.2. Para radicar la solicitud de canje de acumulado, el anunciante debe tener una cuenta de ahorros ó corriente a su nombre, la cuenta debe estar activa, sin ningún tipo de bloqueo y pertenecer a bancos colombianos que se encuentren en el listado de bancos de la opción "Configuración" del Modo Clásico de Clickme Social. No se admiten cuentas de cooperativas ó de otras entidades de ahorro. No se admiten cuentas de bancos de otros países diferentes a Colombia. No procesamos solicitudes de canje de acumulado hacia tarjetas de crédito, créditos u otros productos financieros. No se admiten cuentas bancarias cuyo titular sea otra persona diferente al anunciante.
4.3.3. El anunciante puede encontrar el valor mínimo y el valor máximo para radicar la solicitud de canje de acumulado en la opción "Canjear Acumulado" del Modo Clásico de Clickme Social, éstos valores son calculados de acuerdo a diversos factores internos y podrían ser diferentes a los de otros anunciantes. No se admiten solicitudes de canje por valores diferentes al que se encuentra en la opción "Canjear Acumulado" del Modo Clásico de Clickme Social, tampoco se admiten solicitudes de canje radicadas via email u otros medios.
4.3.4. En caso de que la solicitud de canje de acumulado sea aprobada, Clickme Social se compromete a enviarla a través de transferencia interbancaria ó a través de consignación por ventanilla. Clickme Social no descontará valor alguno por el envío de la transacción. Sin embargo, es responsabilidad del anunciante verificar las posibles tarifas que su banco podría cobrarle por recibir la transacción.
4.3.5. Clickme Social no es responsable de ningun impuesto sobre los canjes de acumulado que el anunciante reciba por parte nuestra. Es responsabilidad del anunciante declarar lo que ha recibido y pagar los impuestos correspondientes.
4.3.6. Una vez el anunciante radique una solicitud de canje de acumulado, tendrá que esperar mínimo 30 días para poder radicar otra. Cuando el anunciante no tenga ninguna Categoría y Vigencia en curso, no le será permitido radicar solicitudes de canje de acumulado.
4.3.7. Para todas y cada una de las solicitudes de canje de acumulado que hayan sido enviadas exitosamente a la cuenta bancaria del anunciante, el anunciante autoriza a Clickme Social a incluir la foto de perfil, el usuario y/o los nombres y apellidos del anunciante, junto con el valor del canje del acumulado en una ó más publicaciones en cualquier medio conocido o descubierto o desarrollado en un futuro, en conexión con la promoción y publicidad del Modo Clásico de Clickme Social.
4.4. El vencimiento del acumulado generado por cada tarea se determina de acuerdo a la Vigencia que tenga el anunciante al momento de completar la tarea. Es responsabilidad del anunciante utilizar el acumulado, ya sea redimiéndolo por servicios de publicidad y/o a través de solicitudes de canje, antes de la fecha de vencimiento establecida.
4.5. El reseteo del acumulado por inactividad se realiza cada vez que el anunciante permanezca sin Categoría y Vigencia en curso durante 30 días, bien sea consecutivos ó no. Es responsabilidad del anunciante utilizar el acumulado, redimiéndolo por servicios de publicidad y/o a través de solicitudes de canje, antes de la fecha de reseteo por inactividad. Cada vez que el anunciante evite quedarse sin Categoría y Vigencia en curso adquiriendo servicios de publicidad, el anunciante estará evitando el reseteo por inactividad.
4.6. Para toda cuenta suspendida el acumulado será anulado en su totalidad, todos sus seguidores podrán elegir seguir a otro anunciante, y no se hará ningún reembolso. Si el motivo de la suspensión de la cuenta fue por violación de los terminos y condiciones las tareas relacionadas con el Mentor podrían ser anuladas.
4.7. Todo acumulado vencido, reseteado ó anulado, será revertido a la tarea correspondiente, para que dicha tarea pueda ser completada por otro anunciante.